GINEBRA (27 de abril de 2020) – Mientras los gobiernos se enfrentan al enorme desafío de proteger a sus ciudadanos de la COVID-19, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, les exhorta a que no violen los derechos humanos con el pretexto de implantar medidas de excepción o de emergencia.
“Los poderes de emergencia no deben ser armas que los gobiernos puedan usar para aplastar la disidencia, controlar a la población o prolongar su estancia en el poder”, advirtió la Alta Comisionada. “Esos poderes deben usarse para afrontar eficazmente la pandemia; nada más, nada menos”.
En virtud del derecho internacional de los derechos humanos, los Estados tienen la facultad de limitar algunos derechos con el fin de proteger la salud pública y esa prerrogativa se amplía si se declara el estado de emergencia. En cualquier caso, es preciso que las restricciones sean necesarias, proporcionales y no discriminatorias. Asimismo, esas medidas han de ser de duración limitada y deben ir acompañadas de salvaguardas que impidan su empleo abusivo.
Determinados derechos no derogables, entre ellos el derecho a la vida, la prohibición de la tortura y los malos tratos y el derecho a no ser detenido arbitrariamente, siguen vigentes en todas las circunstancias.
Con el fin de ayudar a los Estados en su respuesta a la COVID-19, la Oficina de la Alta Comisionada publicó el lunes un nuevo manual de orientaciones políticas sobre la adopción de medidas urgentes y excepcionales.
“Numerosas denuncias, procedentes de diversas regiones, indican que la policía y otros cuerpos de seguridad han estado ejerciendo un uso excesivo de la fuerza excesivo, a veces letal, para obligar a la población a cumplir con las nomas de confinamiento y los toques de queda. A menudo, esas violaciones de derechos humanos se han cometido contra miembros de los segmentos más pobres y vulnerables de la población”, afirmó Bachelet.
“Disparar contra una persona, detenerla o maltratarla porque, motivada por la búsqueda desesperada de alimentos, ha violado un toque de queda, es sin duda una respuesta ilícita e inaceptable. También lo es crear una situación en la que a una mujer le resulte difícil o peligroso ir a un hospital a dar a luz. En algunos casos, la gente ha muerto por la aplicación indebida de normas que, supuestamente, se habían implantado para salvarles”, declaró la Alta Comisionada.
“En determinados países, miles de personas han sido detenidas por violar el toque de queda, una práctica que es a la vez insegura e innecesaria. Las cárceles y prisiones son lugares de alto riesgo y los Estados deben esforzarse por poner en libertad a todos los reclusos que puedan ser excarcelados sin peligro, y no por arrestar a más gente”.
En el documento orientador se insiste en que, al igual que ocurre en épocas normales, los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley deben adherirse a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y precaución.
“Deben usar la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario, y la fuerza letal, únicamente cuando exista una amenaza inminente para la vida”, dijo Bachelet.
Las medidas y las leyes aplicadas en algunos países contienen referencias a delitos que no están bien definidos, a veces sancionados con dureza, lo que fomenta la preocupación de que esas normas puedan usarse para amordazar a la prensa y detener a críticos y opositores. Aunque las medidas que limitan la libertad de movimiento y la celebración de reuniones pacíficas son legítimas en tales circunstancias, la confianza y el escrutinio de la población son fundamentales para que dichas restricciones operen con eficacia.
“Es importante contrarrestar la desinformación, pero cuando se impide el libre intercambio de ideas e informaciones, no solo se violan derechos, sino que también se socava la confianza pública. Los infundios acerca de la COVID-19 son un enorme peligro para las personas. Pero también lo son las malas decisiones gubernamentales”, señaló la Alta Comisionada. “La vulneración de derechos, tales como la libertad de expresión, puede causar daños incalculables al esfuerzo orientado a contener a la COVID-19 y sus nocivas repercusiones socioeconómicas”.
El documento orientativo explica claramente que no basta con que las medidas sean necesarias para la consecución de un objetivo legítimo de salud pública, sino que además han de conformar la estrategia “menos intrusiva posible” para lograrlo.
“Hemos visto cómo numerosos Estados adoptaban medidas justificadas, razonables y provisionales. Pero también ha habido casos muy inquietantes, en que los gobiernos parecen haber usado la COVID-19 como pretexto para vulnerar los derechos humanos, limitar libertades fundamentales, reducir el espacio cívico y socavar el Estado de Derecho”, declaró Bachelet.
La Alta Comisionada añadió que las medidas excepcionales o los estados de emergencia deben someterse a la supervisión del parlamento, el poder judicial y la opinión pública.
“Los distintos países atraviesan por fases diferentes de la pandemia. Algunos empiezan a dejar atrás las medidas de emergencia, mientras que otros las amplían o refuerzan. El principio supremo debe ser que esas medidas se apliquen con sentido humanitario. Las penas impuestas por su transgresión han de ser proporcionales y no deben aplicarse de manera arbitraria o discriminatoria”, añadió Bachelet.
“Habida cuenta de la índole excepcional de esta crisis, es evidente que los Estados necesitan poderes adicionales para hacerle frente. Pero, si no se defiende el Estado de Derecho, corremos el riesgo de que una emergencia de salud pública se convierta en un desastre de derechos humanos, con efectos negativos que se prolongarán mucho tiempo después de que la pandemia haya cesado”, concluyó la Alta Comisionada.