A los Compañeros Periodistas
A la opinión pública nacional
A la comunidad internacional
Toluca, México 7 De febrero de 2014
RESOLUCIÓN:
Ante la queja dirigida al Comité de Vigilancia por el C. Presidente General de Compañeros Nacionales de Periodistas y Editores CONAPE, Raúl González Nova, en contra de o del o (los) C. Héctor Raúl Ávila Vázquez, Néstor Raúl Ávila Martínez, Juan Pablo de Jesús Ávila Martínez, Héctor Ulises Ávila Martínez, Josefina Martínez Torres. Con el Cargo de: Vicepresidente de Colima, Secretario General, Delegado Colima, Secretario de Eventos, Secretaria de Finanzas, por ser hechos que pudieran ser de conocimiento de este Comité a efecto de estudiar las violaciones graves en contra de los Estatutos generales vigentes de CONAPE y que pudieran ser causales de medidas de apremio tal y como lo establece la misma naturaleza de los preceptos regulatorios, este Comité después de un minucioso estudio con representación de total imparcialidad. Encuentra Que los C. Héctor Raúl Ávila Vázquez, Néstor Raúl Ávila Martínez, Juan Pablo de Jesús Ávila Martínez, Héctor Ulises Ávila Martínez, Josefina Martínez Torres. Con el Cargo de: Vicepresidente de Colima, Secretario General, Delegado Colima, Secretario de Eventos, Secretaria de Finanzas.
Mantuvo claras violaciones a los Estatutos, Códigos y Preceptos regulatorio de la presente ordenanza que nos ocupa, trasgrediendo y violando el artículo 5 en primer instancia que a la letra dice: CONAPE ES ABANDERADA DE LA ÉTICA PROFESIONAL Y DE SALVAGUARDAR DEL PRESTIGIO Y ELEVADA DIGNIFICACIÓN SOCIAL QUE MERECE EL TRABAJO DEL PERIODISTA, Artículo 11 Inciso (A) que a la letra dice: CUMPLIR CON LO DISPUESTO EN LOS PRESENTES ESTATUTOS, EN LOS REGLAMENTOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE LA ORGANIZACIÓN. Es aplicable también el Artículo 12 inciso (A), (M), Articulo 13 inciso (D), Articulo 23 inciso (G) y demás aplicables. Este Comité
RESUELVE:
Que para lo cual se tiene como sabido y por conocimiento que se debe conducir y dirigirse todo Periodista miembro de ésta Organización con elevado sentido de criterio, educación, valores y buena conducta. Por lo que derivado de lo antes descrito tal y como lo establece el Artículo 13 del presente estatuto Organizacional se dispone como medida de apremio el Inciso (D) que procede y emana la EXPULSIÓN.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE EN TODA Y CADA DE SUS FORMAS A LOS INVOLUCRADOS DEL CASO.
ATENTAMENTE
CARLOS ALBERTO CRUZ MORENO
PRESIDENTE DEL COMITÉ DE VIGILANCIA INTERNACIONAL
DE LA ASOCIACIÓN COMPAÑEROS NACIONALES DE PERIODISTAS Y EDITORES A.C.
3 comments
Buen programa, les escucho en quetzaltenango, Guatemala, saludos
Y POR OTRO LADO CUAL MIEDO TIENE RAUL GONZALEZ NOVA QUE ME ELIMINÓ DEL FACEBOOK, EL QUE NADA BEDE NADA TEME
Esto lo van a resolver los tribunales, y ojalá puedan venir a Colima y Manzanillo todos los conaperos, para que con toda la documentación que tengo en la propia cara de Raúl González Nova, dirigente nacional, decirles las anomalias cometidas por Raúl González Nova, yo creo que en la próxima cumbre internacional, ya tendré avances y una vez que el tribunal dé fallo a nuestro favor, comenzaremos con las expulsiones y las respectivas denuncias penales.