ESQUINA JURÍDICA: CONTRATACIÓN DE SEGUROS

Por: Juan Maldonado Vargas

La necesidad de proteger el patrimonio de las personas e incluso la vida misma, se han creado una serie de figuras que permitan garantizar una estabilidad a las personas ante determinadas situaciones o problemas.

En el caso de los seguros surgen muchas interrogantes: ¿Qué es un Seguro?, ¿Qué instituciones ofertan los seguros?, ¿Cuales son las modalidades de dichos seguros?, ¿Cuales son los montos de pago al contratar un seguro?, ¿Que hacer en caso de que una institución no cumpla con dichos seguros?

Verificando información encontramos que el seguro tiene como misión, generar la protección al patrimonio familiar, garantizar la liquidación de créditos contratados, en caso de ocurrir fallecimiento o incapacidad permanente del deudor asegurado, o la destrucción del bien asegurado, con ello el poder hacerle frente a determinados problemas, por el cual fue contratado dicho seguro.

Tipos de Seguros

Las aseguradoras que se dedican a brindar este tipo de seguros o contratos de seguro, ofrecen diversos y diferentes tipos de seguros como son: seguros y coberturas al público, automóvil, vida, daños, casa habitación, responsabilidad civil, gastos médicos, incluso algunas empresas que se dedican a dar el servicio de protección a los celulares y a computadoras portátiles para evitar un robo. 

Por supuesto que estas empresa en el afán de brindar un servicio, generan un gasto, cobro o comisión, los cuales contemplan diferentes costos, primas, deducibles, coaseguros, vigencias e incluso beneficios adicionales aplicables.

¿Qué es un seguro?

El Artículo 1° de la Ley Sobre el Contrato de Seguro en México, establece: Por el contrato de seguro, la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato”.

En términos muy sencillos, podemos decir que el seguro es el contrato que una persona realiza con una empresa que se dedica a brindar dicho servicio y que a cambio de un pago mensual, trimestral, anual bajo la modalidad que usted lo contrate, en el caso de darse el supuesto de riesgo, daño o destrucción del cual se plantea, la empresa le otorgara un beneficio. 

Hasta este momento vamos determinando que existen diferentes empresas que se dedican a brindar dicho servicio de seguros, sin embargo el problema donde surge.

Las personas en ese desarrollo cotidiano realizan una serie de actividades y que en determinadas ocasiones al contratar, comprar o realizar algún conducta se ve relejada una serie de actos jurídicos en donde la manifestación de la voluntad se hace presente y como consecuencia surgen figuras jurídicas que no requiere de tanta formalidad o solemnidad más que la aceptación voluntaria de las partes, como es el caso de los seguros que van implícitos por disposición de otras leyes, como el caso de comprar el boleto de transporte público, los boletos de avión, el dejar el vehículo en un estacionamiento o en el caso de los parques de diversión.

En el caso de los seguros de vida, daños contra terceros, seguros por accidente de vehículos, o los seguros médicos entre otros, sin duda requiere de un documento escrito, con todas las garantías y beneficios que la empresa le otorgar en el caso de estar en ese supuesto, es lógico que dentro de las clausuras debe estar los montos a pagar, en que modalidades, en que tiempo, toda una formalidad que requiere del documento firmado por ambas partes.

Y en el caso de los famosos seguros que le ofertan las empresas, vía telefónica ya sea en su residencia o en su teléfono celular. Cuando Usted no ha firmado alguna póliza de seguro, no ha solicitado contrato de seguro; por ningún medio ha autorizado para que a sus cuentas bancarias o tarjetas que usa, le cobren un concepto de seguro.

Es ahí donde los problemas se hacen cada día más generales, en un afán de proteger su dinero, las Instituciones Financieras (Bancos), han ofertado a sus clientes una serie de seguros para su protección personal, familiar e incluso de asistencia médica, de daños contra terceros, de accidente automovilístico, entre muchos más, sin embargo si usted verifica sus estados de cuenta y observa de manera detallada, en muchos casos, los bancos, le han venido cobrando de manera mensual un concepto de seguro sin que usted lo haya contratado.

Usted tiene que poner mucha atención para evitar una afectación en su patrimonio familiar, es necesario que acuda a su delegación de CONDUSEF., para que inicie el procedimiento de aclaración por dichos cobros.

De manera inmediata no dude en comunicarse con el personal de dicha asegurada para realizar su trámite o su cancelación y si no le hacen caso, entonces comparezca ante estas Instituciones que han sido creadas con ese fin de ayudarle y evitar el abuso y sobre todo una afectación a su patrimonio. 

Nos leemos en la próxima emisión, Usted qué opina. . .

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