- Por la muerte de un civil a manos de agentes policíacos
Toluca, México.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió una Recomendación al presidente municipal de Amecameca, por la violación al derecho a la vida, a la legalidad y a la seguridad jurídica, por parte de policías locales, quienes accionaron sus armas contra un ciudadano, el cual quedó herido y luego perdió la vida.
Los hechos ocurrieron en febrero de 2013, cuando la víctima, que viajaba en un automóvil particular acompañado de otra persona, fue interceptada por desconocidos a bordo de un vehículo de color negro, sin placas, ni logotipos y con vidrios polarizados, el cual se supo posteriormente, pertenecía a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito de Amecameca.
Lo anterior propició una persecución que culminó cuando el agraviado detuvo su marcha debido a que calles más adelante, otra patrulla obstaculizaba la vialidad. En ese momento, los policías municipales que viajaban en el auto negro, abrieron fuego en diversas ocasiones contra el vehículo particular sin mediar palabra y sin razón alguna, por lo que su conductor resultó lesionado y luego falleció.
En razón a ello, la Defensoría de Habitantes estatal inició la queja CODHEM/CHA/286/2013, en la que se investigaron los motivos por los cuales, los elementos policiales hicieron uso arbitrario de sus armas de fuego sin contemplar otro tipo de acciones disuasivas, toda vez que el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, indica que es una medida extrema, por lo que debe excluirse, salvo que el presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro la vida de otras personas y no se le pueda detener de otra forma, lo que no ocurrió en este caso.
La excusa señalada por los uniformados para utilizarlas, fue que el sospechoso no detuvo su marcha ante la persecución, antes bien, aceleró, huyendo del lugar; sin embargo, la actitud de la persona fue justificable ante un auto sin placas, vidrios polarizados y sin distintivos propios de una corporación que permitiera identificarlo como una patrulla. El agraviado no se detuvo, ya que dicha inconsistencia generó sospecha y desconfianza.
En su Recomendación 03/2015, la Comisión determinó que las acciones desplegadas por los policías fueron excesivas, arbitrarias, desproporcionadas e injustificadas, toda vez que la utilización de sus armas de cargo, con la finalidad de que el agraviado detuviera su marcha, eran innecesarias, inmoderadas, sin un objetivo lícito y magnificaba la posibilidad de daños o lesiones, como aconteció.
Indica que, la inexacta aplicación de la ley por parte de los policías de Amecameca, fue incompatible con el postulado fundamental de proteger el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas.
En su indagación, la Codhem detectó la inexistencia de un control riguroso sobre el suministro de armas de fuego, pues la autoridad municipal entregó, el día de los hechos, el armamento a sus oficiales, sin contar con la licencia vigente para su portación; además de no existir registro alguno que lo avalara.
En los puntos recomendatorios se exige mejorar los procesos de selección del personal de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, llevar a cabo evaluaciones periódicas, supervisiones y capacitación, actualizar las licencias de portación de armas de fuego, mantener el control y debido registro en la asignación de armamento.
La Codhem también recomendó que las unidades policiales cuenten con la debida cromática, insignias visibles, el nombre de la corporación, municipio, matrícula y placas de circulación, correspondientes, además de incorporar en la normatividad aplicable, la regulación del uso de la fuerza y estrategias de seguridad pública, así como precisar las circunstancias en que puede emplearse la fuerza legal.
El ayuntamiento de Amecameca deberá instrumentar cursos de capacitación y actualización para sus policías, particularmente sobre el respeto al uso legítimo de la fuerza pública, con la finalidad de no transgredir los derechos humanos.